NSTTJUE de 13 de julio
de 2023, asunto C-35/221 : La referida sentencia interpreta el Artículo
6, apartado 1 de la Directiva 93/13/CEE, en relación con el art. 395
LEC, sobre el allanamiento antes de la contestación a la demanda por
parte de la entidad bancaria (CajaSur Banco SA), considerando como
serios indicios de mala fe la inactividad de la entidad bancaria cuando
hay ya abundante jurisprudencia nacional sobre la nulidad de la cláusula
abusiva (cláusula de gastos), lo que conlleva la expresa condena en
costas a la entidad, aun cuando el consumidor NO formuló requerimiento
fehaciente previo de pago, ni inició proceso de mediación o de
conciliación.
La multitud de sentencias que se suceden a favor de los consumidores
desde la sede del TJUE, a veces nos hacen pasar de puntillas por
algunas, que por su trascendencia, creo que deberíamos de tenerlas de
cabecera al asesorar a nuestros clientes y antes de abordar muchas
demandas, y sobre todo, reiterarlas y hacerlas valer ante posibles
desconocimientos de terceros (incluidos algunos Tribunales), que parecen
soslayar el aporte que el derecho de consumo de la UE ha realizado – y
sigue realizando- a nuestro bagaje jurídico. Ler mais
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