La asociación de consumidores ha recibido ya más de trescientas quejas que reenviará al regulador, sobre todo relacionadas con empresas de telecomunicación y energéticas
Hace un par de meses, entró en vigor la modificación del artículo 66 de la Ley General de Telecomunicaciones, que reconoce el derecho a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, salvo que exista consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones.
Sin embargo, después de producirse este avance legislativo para los
consumidores la realidad es que esta normativa no ha llegado a eliminar
el spam telefónico al que están sometidos, pues, la Asociación
Española de Consumidores (ASESCON) recibe en sus canales de consultas
más de un centenar de preguntas y reclamaciones referentes a este asunto. Ler mais
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