¿Magia? No, real, creaselo; pero para ello deben darse una serie de
requisitos y circunstancias, y unos determinados pasos, tanto fuera como
dentro del juzgado. En primer lugar, y como presupuesto, debe ud.
encontrarse en una situación de insolvencia real o inminente, es decir,
aquél deudor que se encuentra en una situación en la que no puede
atender regularmente sus obligaciones de pago exigibles, o que prevea
que, en breve (de manera inminente) no podrá cumplir regular y
puntualmente sus obligaciones.
El técnicamente llamado Beneficio de Exoneración del Pasivo
Insatisfecho (en adelante BEPI), es decir, el perdón de las deudas que
no puedan pagarse con lo que se tiene, viene a perseguir precisamente
eso: que el consumidor y su familia dependiente económicamente del
mismo, puedan tener una “segunda oportunidad” en la vida, lo que los
americanos llaman un “fresh start”, un “partir de cero” de nuevo -en el
más estricto sentido de la palabra porque en la mayoría de los casos
exigirá quedarse ni con bienes ni con deudas, salvo excepciones, aunque
también poder someterse a un plan de pagos como veremos-. Ler mais