quinta-feira, 7 de dezembro de 2023

La Justicia determina que los colegios de abogados no tienen la condición de consumidores

 El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el Colegio de Abogados de Ferrol contra una sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña que absolvía a la entidad bancaria demandada por un contrato de préstamo que el colegio consideraba abusivo. Al no ostentar la condición de consumidor, indica la Justicia, no se puede entrar a examinar la transparencia en el contrato.

Lo que pretendía el colegio era que se declarasen nulas las cláusulas suelo y las de gastos de notaría, registro, tributos, gastos procesales, intereses moratorios y vencimiento anticipado asociado al contrato de préstamo con garantía hipotecaria por un capital de 400.000 euros. Solo en lo relativo a la cláusula suelo que consideraban nula por estar previamente redactada y ser abusiva, sostenían que la entidad debería devolver más de 28.000 euros cobrados indebidamente. Ler mais

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