terça-feira, 10 de setembro de 2024

Sanción a un parque de juegos por obligar a los padres a dar su consentimiento para captar imágenes de los niños y usarlas con fines publicitarios

 

Si los menores de edad querían acceder al recinto, los progenitores estaban obligados a autorizar a la empresa la posibilidad de sacarles fotografías.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha puesto una multa administrativa de 2.000 euros a un parque de trampolines infantiles por condicionar el uso y disfrute de sus instalaciones a la obligación de que los padres de los menores de edad diesen su consentimiento para que sus hijos fueran fotografiados y esas imágenes se pudieran usar con fines publicitarios.

En concreto, la empresa obligaba a los progenitores, cuyos hijos querían acceder a las instalaciones del parque, a que firmasen un formulario en el que autorizaban a la entidad a captar imágenes de los niños con fines publicitarios. Una práctica que vulnera el Reglamento General de Protección Datos, tal y como ha fallado la AEPD en la resolución del procedimiento sancionador (disponible en el botón ‘descargar resolución’). Ler mais

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