Se trata de una infracción grave al prestar un servicio de interés general de carácter financiero
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha ratificado una multa de 211.000 euros impuesta a una empresa por no contar con un teléfono de atención al consumidor gratuito que esté operativo.
La Sala de lo Contencioso ha dictaminado en la sentencia (disponible en el botón ‘descargar resolución’) que la sanción impuesta es correcta y proporcional, ya que se ha cometido una infracción grave, en relación con la protección de los consumidores, al prestar la empresa un servicio de interés general de carácter financiero. Ler mais
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