Permite realizar un segundo examen del control de abusividad de oficio si se constata una nueva irregularidad no detectada ni justificada en el primer test.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado que la Directiva 93/13, a la luz del principio de efectividad, no se opone a una normativa nacional que, como consecuencia de la preclusión, no permite al juez que conoce de la ejecución de un requerimiento de pago controlar, de oficio o a instancia del consumidor, el carácter potencialmente abusivo de las cláusulas contenidas en un contrato de crédito celebrado entre un profesional y un consumidor, cuando ese control ya haya sido realizado por un juez en la fase del proceso monitorio.
Y destaca que para que se respete el principio de efectividad, dicho
juez debe haber identificado, en su resolución, las cláusulas que han
sido objeto de ese control; debe haber expuesto, aun sucintamente, las
razones por las que esas cláusulas no tenían carácter abusivo, y debe
haber indicado que, de no ejercitarse en el plazo señalado los recursos
previstos por el Derecho nacional contra esa resolución, el consumidor
ya no podrá invocar el potencial carácter abusivo de las citadas
cláusulas. Ler mais
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